Evaluación de habilidades parentales en peritajes de tuición

Pintura impresionista de las manos de un padre y su hija amasando pan, ilustracion de la evaluacion de habilidades parentales

Te citaron a un peritaje psicológico dentro del juicio por la tuición de tus hijos y la cabeza no para: ¿qué me van a preguntar?, ¿qué esperan que demuestre?, ¿y si el informe termina decidiendo todo? Es una duda frecuente en quien litiga, en quien acompaña a un familiar y en el abogado que recibe un informe y no sabe cómo leerlo.

La evaluación de habilidades parentales en un peritaje de tuición (también llamada evaluación de competencias parentales) es el examen psicológico con que un perito analiza cómo cada progenitor cuida, o podría cuidar, a un hijo concreto, y qué necesita ese hijo. Su propósito es informar al juez, no sentenciar. Esta guía explica qué se mide de verdad en la evaluación psicológica de un juicio de familia, cómo es el proceso en Chile, qué pruebas se usan y cuánto valen, cómo se lee un informe de custodia y qué hacer si el tuyo te parece débil.

En breve: el peritaje evalúa tres cosas a la vez: las capacidades de cada progenitor, el vínculo con el hijo y las necesidades psicológicas del niño, y de ahí el encaje entre ellas. No existe un test que mida “habilidades parentales” con validez aceptable. El informe es una prueba que el juez pondera junto con otras, y la decisión es del juez.

¿Qué es la evaluación de habilidades parentales en un juicio de familia?

Es la parte del peritaje psicológico que responde una pregunta concreta del tribunal sobre la crianza: qué recursos tiene cada progenitor para cuidar a un hijo, cómo es la relación entre ambos y cómo está el niño. Es una evaluación forense, distinta de una consulta de psicoterapia, porque su destinatario es el juez y no la persona evaluada. Las guías profesionales insisten en esa diferencia (American Psychological Association, 2010). Si quieres la visión general del tema, parte por qué es un peritaje psicológico y en qué se diferencia de un informe clínico.

Un detalle de lenguaje ayuda a no perderse. En el habla corriente se dice “tuición”. El texto vigente del Código Civil habla de “cuidado personal”, y regula incluso el cuidado personal compartido como un régimen que busca estimular la corresponsabilidad de ambos padres que viven separados (art. 225). Cuando alguien dice “peritaje de tuición” o “informe pericial de custodia”, se refiere a esto.

¿Qué dice la ley chilena sobre estos informes?

El artículo 225-2 del Código Civil enumera diez criterios que el juez debe considerar y ponderar “conjuntamente” al fijar el régimen de cuidado personal. Entre ellos están la vinculación afectiva entre el hijo y sus progenitores, la aptitud de los progenitores para garantizar el bienestar del hijo y procurarle un entorno adecuado según su edad, la actitud de cada uno para cooperar con el otro, la dedicación efectiva que cada uno tenía antes de la separación, la opinión del hijo y, como una letra más del listado, “el resultado de los informes periciales que se haya ordenado practicar”. También veda fundar la decisión en la raza o etnia, la nacionalidad, la orientación sexual, la identidad o expresión de género o la apariencia personal.

Dos consecuencias prácticas se desprenden del texto. La primera es que el informe es uno de los criterios del listado y no el único. La segunda es que varios de esos criterios son terreno psicológico (el vínculo, la aptitud, la cooperación, la dedicación, la opinión del niño), y otros son datos que el juez obtiene por otras vías, como el domicilio de los padres o su contribución a la mantención.

La Ley 19.968 de Tribunales de Familia agrega las reglas del juego. Las partes pueden presentar informes de peritos de su confianza, acreditando su idoneidad profesional, y el juez puede pedir un informe a un órgano público o a un organismo acreditado ante el Servicio Nacional de Menores, como lo nombra el texto de la ley (art. 45). Los informes deben emitirse con objetividad y ceñirse a los principios de la ciencia, y el perito debe entregarlos por escrito al menos cinco días antes de la audiencia de juicio (arts. 45 y 46). El interés superior del niño y su derecho a ser oído son principios rectores (art. 16).

¿Qué mide realmente un peritaje de habilidades parentales?

Mide el encaje entre las capacidades de un adulto y las necesidades de un niño. Las guías de la APA para evaluaciones de custodia fijan que el propósito es ayudar a determinar el mejor interés psicológico del niño, y que la evaluación se centra en tres elementos: los atributos de crianza de cada adulto, las necesidades psicológicas del niño y el ajuste resultante entre ambos (American Psychological Association, 2010). Esas guías agregan que se da poco peso a las evaluaciones que ofrecen una descripción general de la personalidad sin conectarla con la crianza.

El protocolo de pericias de familia de la Unidad de Psicología Forense de la Universidad Diego Portales y los manuales de psicología forense que revisamos para esta guía ordenan esos tres elementos así (Beltrán Campos, 2020; Kaufman y Pickar, 2016; Sierra et al., 2006):

DominioQué se mira
Capacidad o atributos parentalesManejo de la conducta del niño, cuidados básicos, autocontrol emocional, conocimiento del desarrollo infantil, impacto real de una eventual dificultad de salud mental sobre la crianza, disposición a facilitar la relación del niño con el otro progenitor, tiempo y condiciones del hogar
Vínculo progenitor-hijoCalidez y seguridad de la relación, comunicación, límites, observación de la interacción, ausencia de dinámicas que usen al niño en el conflicto
Necesidades del niñoDesarrollo y salud, estado emocional y conducta, rendimiento escolar, necesidades especiales, lo que el propio niño expresa

La idea central es el encaje. Un progenitor puede ser muy competente para un lactante y tener menos recursos para un adolescente con necesidades especiales, y por eso el peritaje compara capacidades con las necesidades de ese niño en particular, no con un ideal de padre. La guía de la Academia Americana de Psiquiatría Infantil y Adolescente enumera, para el mismo fin, la continuidad y calidad de los apegos, la preferencia del niño, la salud física y mental de los padres, sus horarios de trabajo, los estilos de crianza y disciplina, la resolución de conflictos y las redes de apoyo, entre otros temas (Herman, 1997).

¿Hay una definición única de “capacidad parental”?

No. Una revisión de la literatura la define como la capacidad de los padres para satisfacer las necesidades de sus hijos, aunque advierte que hay poco consenso sobre su definición pese a que se la usa mucho en decisiones legales. Al ordenar el trabajo de 12 autores, sus autoras agruparon 58 indicadores en 29 grupos, y no encontraron en la literatura de lengua alemana ningún instrumento que midiera la capacidad parental como tal, solo cinco que miden constructos relacionados (Zumbach y Oster, 2021). Es un dato alemán, pero ilustra el problema de fondo: nadie ha acordado una vara única.

¿Cómo es el proceso de un peritaje de habilidades parentales en Chile, paso a paso?

Varía según quién lo haga, pero la secuencia que describe el protocolo de la Universidad Diego Portales, consistente con la guía del Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, tiene estas etapas (Beltrán Campos, 2020; Colegio Oficial de Psicología de Cataluña, 2014):

  1. Oficio y pregunta psicolegal. El tribunal (o una parte, si es un peritaje de parte) plantea qué debe responder el perito. Si la pregunta es ambigua, el perito pide aclararla antes de empezar.
  2. Revisión de antecedentes. El perito lee la carpeta de la causa y los informes clínicos, escolares o médicos disponibles.
  3. Encuadre y consentimiento. En la primera sesión se explica que no hay secreto profesional como en terapia, porque lo relevante irá al informe que leerá el juez. Los adultos firman consentimiento informado y los niños un asentimiento.
  4. Entrevista a cada progenitor, por separado y semiestructurada: historia personal, crianza, manejo de conflictos, relación con el otro progenitor.
  5. Entrevista al niño, individual, en un ambiente neutro y sin preguntas que sugieran la respuesta.
  6. Observación de la interacción de cada progenitor con el hijo, libre o estructurada.
  7. Pruebas psicológicas, como complemento de la entrevista y nunca como sustituto del juicio clínico.
  8. Fuentes externas y, si corresponde, visita al domicilio: colegio, salud, otros cuidadores.
  9. Informe escrito, con motivo de la pericia, metodología, antecedentes, análisis, conclusiones que respondan la pregunta y firma del perito.
  10. Declaración en la audiencia, si una parte lo pide.

Un proceso riguroso consta de varias sesiones repartidas en semanas, según ese protocolo; la duración exacta depende de cada caso y de los plazos del tribunal. Las guías de la APA señalan que el tribunal espera que se examine a ambos progenitores y al niño, y que, si alguien no puede o no quiere ser examinado, el perito documente sus esfuerzos y limite sus conclusiones (American Psychological Association, 2010).

Sobre quién hace estos peritajes, la ley menciona a los peritos de confianza de las partes y a los organismos públicos o acreditados ante el Servicio Nacional de Menores. El protocolo universitario agrega a los peritos privados inscritos en las listas de las Cortes de Apelaciones, al Servicio Médico Legal y a unidades periciales universitarias como la propia.

¿Qué pruebas se usan y cuánto valen?

Se usan inventarios de personalidad con escalas de validez (como el MMPI-2 y el MMPI-2-RF, el PAI, el MCMI o el 16PF-5), cuestionarios sobre crianza (como el PSI, el PCRI o el CUIDA), entrevistas y observación. En una encuesta a 198 psicólogos de EE. UU., quienes hacen evaluaciones de custodia veían las pruebas como una fuente más entre varias, con preferencia por medidas objetivas, en particular inventarios y escalas para padres (Quinnell y Bow, 2001).

El punto débil está en lo que esas pruebas permiten concluir. Una revisión crítica halló que las pruebas creadas específicamente para custodia eran científicamente inadecuadas, y que incluso las medidas bien establecidas de inteligencia, personalidad o psicopatología tienen a menudo poca relevancia para lo que el tribunal necesita saber (Emery et al., 2005). Un capítulo posterior de Kaufman y Pickar dice lo mismo con más fuerza: según los autores, no existen pruebas que evalúen directamente las habilidades de crianza con validez y confiabilidad aceptables, y las desarrolladas para ese fin no cumplen los estándares de admisibilidad judicial (Kaufman y Pickar, 2016).

La consecuencia práctica es que un puntaje de un cuestionario puede orientar una hipótesis, pero no probar que alguien cuide bien o mal. El buen informe combina fuentes y explica por qué llega a cada conclusión.

¿Qué pasa si intento mostrar la mejor imagen posible?

Es lo esperable en un juicio, y los peritos lo saben. En un estudio de campo con 244 padres en litigio de custodia y 244 padres con instrucciones estándar, las escalas L, Mp, Wsd y Od del MMPI-2 distinguieron a ambos grupos, y el intento de dar una buena imagen alteró otras escalas del test (Arce et al., 2015). Un metaanálisis de 32 estudios halló que varias de las escalas de validez del MMPI detectan con un efecto grande la defensividad en evaluaciones de custodia (Fariña et al., 2017).

Con el MMPI-2-RF, un estudio con 400 litigantes italianos mostró más puntajes de subreporte y menos de sobrerreporte que las normas generales, y cerca de 44 % de los perfiles se consideraron posible subreporte y, por ello, de poco valor (Mazza et al., 2019). Por eso las guías de la APA piden interpretar los datos según la disputa en curso, y sugieren que el informe reconozca que los litigantes de custodia suelen mostrar elevaciones en esas escalas (American Psychological Association, 2010). Un estudio con 136 padres evaluados por competencia parental y 508 litigantes de custodia encontró que son poblaciones distintas, y que cada una necesita su propio grupo de referencia (Resendes y Lecci, 2012).

Qué conviene hacer al presentarte

Lo que más sostienen las guías y los manuales consultados es poco espectacular:

  • Responder con sinceridad, incluidas las dificultades cotidianas de criar. Un perfil sin ningún defecto suele leerse como defensividad, no como excelencia.
  • No ensayar un discurso. Un relato aprendido se nota al contrastarlo con la entrevista, la observación y los antecedentes.
  • Llevar documentos reales: informes escolares, controles de salud del niño, certificados de atenciones previas. El perito los contrasta con otras fuentes.
  • Hablar del otro progenitor con justicia. La actitud de cooperar con el otro figura entre los criterios del artículo 225-2 y es parte de lo que se evalúa.

¿Un diagnóstico o un tratamiento psicológico me quita la tuición?

Un diagnóstico por sí solo no decide la tuición. Las guías de la APA señalan que son consideraciones útiles la disponibilidad y el uso de un tratamiento efectivo y el apoyo de otros cuidadores, porque lo que importa es el impacto de una condición en la crianza y no la etiqueta (American Psychological Association, 2010). Los manuales de psicología forense revisados coinciden: un diagnóstico de depresión o ansiedad no equivale a incapacidad parental, y en un divorcio esos cuadros suelen ser reactivos al propio conflicto (Bartol y Bartol, 2021; Masson, 2016).

Una consecuencia concreta: estar en terapia, o haber estado, es información que el perito debe leer con criterio y no automáticamente en tu contra. Si el informe te descalifica por un diagnóstico sin explicar cómo afecta tu cuidado diario del niño, esa es una debilidad que tu abogado puede plantear.

¿Puede el perito decir con quién debe quedarse el niño?

Esa es una controversia abierta. Las guías de la APA reconocen que la profesión no tiene consenso sobre si los psicólogos deben dar una opinión sobre la decisión final de custodia (la llamada “cuestión última”), y piden que, si hacen recomendaciones, las basen en el mejor interés psicológico del niño y en datos sólidos, sin apoyarse en sesgos personales (American Psychological Association, 2010). Parte de la literatura sostiene que la decisión legal le corresponde al juez, y distingue entre la pregunta psicolegal que se le hace al perito y la decisión judicial.

La ley chilena apunta en el mismo sentido: el juez aprecia la prueba según las reglas de la sana crítica, y la sentencia debe hacerse cargo de toda la prueba rendida y explicar las razones (Ley 19.968, art. 32). En la práctica, el informe orienta y el juez resuelve.

Una advertencia sobre los modelos de cuidado. Un metaanálisis encontró que los niños en custodia conjunta, física o legal, estaban mejor ajustados que los de custodia exclusiva y sin diferencias con los de familias intactas, aunque los autores aclaran que eso puede ser ventajoso solo en algunos casos (Bauserman, 2002). Son promedios de estudios correlacionales, sobre todo de EE. UU., y no responden qué le conviene a un niño en particular. Para eso existe el peritaje.

¿Se escucha al niño en el peritaje?

Sí, y la ley lo exige a su manera: el Código Civil dispone que el juez oirá a los hijos (art. 227) y la Ley 19.968 pone su derecho a ser oído como principio rector (art. 16). En el peritaje, el niño se entrevista de forma individual, en un ambiente neutral y sin preguntas sugestivas, según el protocolo universitario. Una revisión sobre entrevistas a niños en casos de custodia reúne 25 años de investigación sobre memoria y sugestionabilidad y propone 10 principios de práctica (Saywitz et al., 2010).

Que se lo escuche no significa que el niño decida. Según los manuales consultados, el peso de su preferencia depende de su edad y madurez, y el perito debe indagar los motivos de esa preferencia para distinguir si responde a una necesidad legítima o a presiones. Emery et al. (2005) subrayan que hay pocos datos empíricos sobre si conviene preguntarles a los niños por su custodia, así que es otra zona con más prudencia que certezas.

¿Pueden los sesgos del evaluador afectar el informe?

Sí, y la investigación lo muestra. En una encuesta a 465 evaluadores de custodia de EE. UU., las creencias del evaluador (como creer que las madres hacen denuncias falsas) explicaron más la variación en las recomendaciones, en casos de violencia de pareja, que sus datos demográficos o su conocimiento (Saunders et al., 2013). En otro estudio con 607 evaluadores, la mayoría recomendó custodia conjunta sin importar si la violencia alegada era basada en conflicto o en control coercitivo, lo que, según los autores, muestra poca sensibilidad para distinguir ambas situaciones (Hans et al., 2014).

El otro terreno minado es la alienación parental. Emery et al. (2005) calificaron de huecas ante el escrutinio científico las afirmaciones de algunos expertos sobre el “síndrome de alienación parental”. En cambio, una encuesta a 119 evaluadores de custodia halló que alrededor de 80 % acordaba con cada una de 11 definiciones sobre alienación y distanciamiento, algo que los autores presentan como consenso (Bernet et al., 2022). La encuesta es de opinión a evaluadores y no un estudio de validez, así que ambas posturas conviven. Lo sensato es que el perito distinga un rechazo del niño justificado por maltrato o negligencia de uno inducido por el otro progenitor, y que lo fundamente con datos.

Hay estrategias contra el sesgo que cualquiera puede buscar en un informe: hipótesis alternativas puestas a prueba, varias fuentes, examen de ambos progenitores y, de ser posible, revisión por pares.

¿Cómo reconocer un informe pericial débil y qué se puede hacer?

Los manuales y guías consultados señalan señales concretas. Conviene fijarse en si el informe:

  • evaluó a un solo progenitor y aun así opina sobre ambos;
  • se apoya en una sola prueba o en autoinformes sin control de validez;
  • presenta certezas absolutas en vez de hipótesis con grado de probabilidad;
  • afirma que un test mide directamente la capacidad de crianza;
  • usa un diagnóstico como si fuera incapacidad, sin explicar el efecto funcional;
  • no describe la metodología, las fechas ni las fuentes;
  • fue hecho por el mismo psicólogo que trata a una de las partes, algo que las guías de la APA tratan como una relación múltiple que conviene evitar;
  • concluye sobre asuntos jurídicos que corresponden al juez.

Frente a un informe adverso, la ley da vías concretas. El perito puede ser citado a declarar a petición de parte (Ley 19.968, art. 46). En la audiencia se le pueden hacer preguntas sobre su objetividad, su idoneidad, el rigor técnico o científico de sus conclusiones y su remuneración, y la ley dice que los peritos no pueden ser inhabilitados (art. 48). Y cada parte puede presentar informes de peritos de su confianza (art. 45), por ejemplo un contrainforme que revise la metodología del primero. Qué hacer en tu caso lo decide tu abogado.

Si te citaron a un peritaje de habilidades parentales

Esperar un peritaje agota, porque se siente como un examen sobre tu vida de madre o de padre. Ayuda saber que se evalúa un encaje y no a una persona perfecta, que la sinceridad pesa más que la imagen y que el informe es una de varias pruebas que el juez pondera. Lo primero es hablar con tu abogado, que sabrá qué peritaje corresponde en tu juicio. Para entender el resto del terreno, tienes guías sobre cómo se evalúa el daño psíquico en un peritaje y sobre la detección de simulación en evaluaciones psicológicas, y una más sobre cómo afecta el divorcio a los hijos según la edad.

Si quieres un espacio para sostener el proceso (la ansiedad antes de la entrevista, el desgaste del litigio, cómo contarles algo a tus hijos), puedes escribirme desde la página de contacto. Es un acompañamiento aparte del peritaje: un psicólogo que te atiende en terapia no debería ser el perito de tu caso, por el conflicto de roles que describen las guías.

Preguntas frecuentes

¿Existe un test para evaluar las habilidades parentales? Ninguna prueba mide directamente la capacidad parental con validez y confiabilidad aceptables para un tribunal. Se usan cuestionarios como el PSI, el PCRI o el CUIDA junto con entrevistas, observación y revisión de antecedentes. Un puntaje orienta, pero la conclusión sale de combinar todas esas fuentes.

¿El perito decide con quién se queda mi hijo? No. El informe es una de las pruebas que el juez pondera junto con otros criterios del artículo 225-2 del Código Civil, y es el juez quien resuelve según las reglas de la sana crítica. Entre los psicólogos hay debate sobre si el perito debe opinar sobre la decisión final, y las guías de la APA piden fundamentarlo en datos.

¿Cuánto dura un peritaje de habilidades parentales? Según el protocolo de la Universidad Diego Portales, un proceso riguroso consta de varias sesiones repartidas en semanas: entrevistas a cada progenitor y al niño, observación de la interacción, pruebas y revisión de antecedentes. El tiempo total depende de la complejidad del caso y de los plazos del tribunal.

¿Qué pasa si uno de los padres no se presenta? Las guías de la APA indican que el perito documenta sus esfuerzos por examinar a todos y limita sus conclusiones, porque sin esa información sus opiniones tienen menos respaldo. El tribunal igual debe decidir con la prueba disponible.

¿Mi psicólogo de siempre puede hacer el peritaje? Conviene evitarlo. Las guías de la APA tratan como relación múltiple actuar como perito con alguien a quien se atiende en terapia, y piden evitarla. Para el peritaje conviene un perito independiente, sin relación terapéutica con las partes.

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Nicolás Alcayaga, psicólogo clínico

Nicolás Alcayaga

Psicólogo Clínico · Especializado en Terapia Cognitivo-Conductual (TCC)

Psicólogo inscrito en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud (Superintendencia de Salud) · Quién soy →

Su experiencia clínica incluye el tratamiento de adicciones y la atención de pacientes en el sistema público y privado de salud en Chile. En este blog revisa la evidencia científica disponible sobre cada tema; cada artículo es un trabajo en curso que se actualiza a medida que surge nueva evidencia.

Referencias

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