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    Evaluación neuropsicológica para trámites en adultos mayores

    Tu papá cumplió 75 y hay que renovar la licencia de conducir. O una hermana empezó a hablar de “hacer algo legal” porque tu mamá firmó un papel que no debería haber firmado. O simplemente el notario pidió, de la nada, un “certificado de lucidez” para una escritura que parecía trámite de rutina.

    En los tres casos apareció la misma palabra: evaluación neuropsicológica. Y en los tres casos, casi nadie te explica de entrada qué es la evaluación neuropsicológica del adulto mayor, quién la pide de verdad y qué hace falta para que sirva en cada trámite específico.

    TL;DR: lo que necesitas saber

    La evaluación neuropsicológica para trámites administrativos o legales (licencia de conducir, interdicción por demencia, poderes notariales) no es un examen distinto al clínico: es la misma herramienta aplicada con una pregunta distinta, la que hace el trámite en cuestión, no la que hace el médico tratante (Jarne et al., 2010).

    Para conducir, se centra en funciones ejecutivas, velocidad de procesamiento y atención dividida (Schaefer, 2022). Para interdicción o curatela, en si el deterioro afecta la capacidad de administrar bienes o tomar decisiones (Wood et al., 2022).

    Un diagnóstico de deterioro cognitivo leve casi nunca basta por sí solo para ninguno de los dos: lo que define el trámite es cuánto interfiere ese deterioro en la vida real de la persona.

    ¿Qué es la evaluación neuropsicológica del adulto mayor y para qué trámites sirve?

    La evaluación neuropsicológica mide el estado de funciones como la memoria, la atención, el lenguaje, las habilidades visoespaciales y las funciones ejecutivas (Slachevsky et al., 2010), a través de una entrevista clínica y una batería de pruebas estandarizadas que en el caso de personas mayores suelen ir acompañadas de baremos propios para su edad (Schroeder et al., 2019; Holdnack et al., 2013).

    Aplicada al ámbito legal, esta misma herramienta pasa a llamarse neuropsicología forense (Weiner, 2012).

    Cuando el resultado se usa fuera de la consulta, para un trámite legal o administrativo, cambia algo de fondo: ya no basta con describir fortalezas y debilidades para diseñar un tratamiento.

    La pregunta pasa a ser puntual y práctica, “¿esta persona puede seguir conduciendo con seguridad?” o “¿este deterioro le impide administrar su patrimonio?”, y el informe tiene que responderla con el mismo rigor con el que se sostiene ante un tribunal o una autoridad de tránsito (Jarne et al., 2010).

    Si nunca te has hecho una y quieres entender primero cómo es el proceso en general, en nuestra guía sobre la evaluación neuropsicológica en adultos explicamos qué mide, cuánto dura y qué esperar del informe.

    Aquí nos enfocamos en algo más puntual: en Chile, esta evaluación aparece con más frecuencia en tres escenarios bastante distintos entre sí: la renovación o el otorgamiento de la licencia de conducir en personas mayores, los procesos judiciales de interdicción por demencia (para nombrar un curador) y, con menos regulación formal, el llamado “certificado de lucidez” que algunas notarías piden antes de una compraventa, un testamento o un poder.

    Vale la pena mirar cada uno por separado, porque lo que exige un trámite no siempre sirve para otro.

    El “certificado de lucidez” y los trámites notariales

    Es probable que hayas escuchado hablar de este certificado antes que de cualquier otro. Algunas notarías lo piden a personas mayores para escrituras, donaciones o testamentos, buscando dejar constancia de que la persona comprende lo que está firmando. En rigor, es un certificado neuropsicológico o psicológico sobre el estado cognitivo de la persona, aunque en el habla cotidiana se le siga llamando “certificado de lucidez”.

    La Asociación de Notarios, Conservadores y Archiveros Judiciales de Chile ha aclarado algo importante al respecto: exigir este certificado no es una obligación legal, y aplicarlo queda a criterio de cada notaría.

    En la práctica, cuando se pide, la evaluación revisa memoria, lenguaje, juicio, orientación y la capacidad de comprender lo que se va a decidir, lo mismo que se examina en cualquier valoración de capacidad para consentir (Wood et al., 2022).

    Evaluación neuropsicológica y licencia de conducir en el adulto mayor

    Conducir es, desde el punto de vista cognitivo, una de las tareas instrumentales más exigentes de la vida diaria: obliga a integrar en tiempo real la velocidad de procesamiento, la atención dividida, la anticipación de riesgos y el control de impulsos (Schaefer, 2022; Lezak et al., 2012).

    Hoy, el trámite de licencia en Chile pasa por un examen psicotécnico general para todos los solicitantes, que incluye revisión médica, agudeza visual y auditiva, y pruebas de reflejos y coordinación.

    Una evaluación para licencia de conducir más completa, con base neuropsicológica, entra en escena cuando el médico examinador, la familia o el propio conductor notan señales de deterioro cognitivo que el examen estándar no alcanza a captar.

    Algo va a cambiar pronto en este trámite. La Ley Jacinta (Ley N° 21.797), publicada el 7 de febrero de 2026, incorporará una declaración jurada de salud obligatoria al obtener o renovar cualquier licencia, donde el solicitante deberá acreditar que no padece enfermedades que lo inhabiliten para manejar.

    Todavía no rige: el Ministerio de Transportes tiene 12 meses desde la publicación para dictar el reglamento que fije los detalles, y la exigencia entrará en vigor 90 días después de que ese reglamento se publique. Mientras tanto, el trámite sigue funcionando con el examen psicotécnico habitual, y quien entrega una declaración falsa quedará expuesto a sanciones una vez que la norma esté vigente.

    Qué mira en concreto la evaluación

    ¿Qué mira en concreto una evaluación neuropsicológica orientada a la conducción? Principalmente la función ejecutiva (planificar, decidir rápido, inhibir un impulso al volante), la velocidad de procesamiento y la atención dividida, además de las habilidades visoespaciales necesarias para calcular distancias y mantenerse en el carril (Schaefer, 2022).

    Un dato que suele sorprender a las familias: un diagnóstico de deterioro cognitivo leve no implica, por sí solo, la pérdida automática de la licencia. Muchas personas con este perfil siguen conduciendo con seguridad, a menudo autorregulando su propia conducta (evitando la noche, la lluvia o las autopistas), y lo que suele recomendarse es una reevaluación periódica en vez de un retiro inmediato (Bush et al., 2022).

    La situación cambia en cuadros de demencia más avanzados, donde el enlentecimiento y la pérdida de conciencia de las propias limitaciones (algo que en clínica se llama anosognosia) sí elevan de forma clara el riesgo de accidentes y de episodios de desorientación al volante.

    Interdicción por demencia: qué rol cumple el informe neuropsicológico

    Este es, de los tres escenarios, el que más confunde a las familias, porque mezcla un problema clínico con un procedimiento judicial que no resuelve el psicólogo solo. La interdicción por demencia es la vía que contempla el Código Civil chileno para que un tribunal declare que una persona no puede administrar sus bienes por su estado mental, y le designe un curador que lo haga en su lugar.

    El artículo 456 del Código Civil lo plantea así: “el adulto que se halla en un estado habitual de demencia, deberá ser privado de la administración de sus bienes, aunque tenga intervalos lúcidos”.

    Pueden solicitarla, según el artículo 459, el cónyuge no separado judicialmente, los consanguíneos hasta el cuarto grado o el defensor público, y la presentación se hace ante el juzgado civil del domicilio de la persona, siempre con un abogado.

    Dos caminos, y no son intercambiables

    Cuando la persona ya cuenta con una certificación de discapacidad de COMPIN inscrita en el Registro Nacional de la Discapacidad, suele estar disponible una vía más simple, no contenciosa, amparada en la Ley N° 18.600.

    Si no existe esa certificación, o hay desacuerdo entre la familia, corresponde la vía ordinaria (contenciosa), donde el informe de un facultativo (médico o neuropsicológico) se vuelve una pieza de prueba central, junto con testigos y antecedentes clínicos (Demakis et al., 2022). ChileAtiende ofrece orientación jurídica gratuita para iniciar este trámite y detalla los documentos que suelen pedirse (cédula de identidad, certificados de parentesco y, si existen, certificados de discapacidad).

    En este contexto, el informe neuropsicológico no se limita a confirmar un diagnóstico. Tiene que establecer el nexo entre el deterioro medido en las pruebas y la pérdida concreta de autonomía para gobernar la propia vida y el propio patrimonio, algo bastante distinto de “tiene alzhéimer” (Jarne et al., 2010; Monguió, 2010).

    Por eso el informe describe con detalle cómo el deterioro afecta actividades como manejar el dinero, tomar medicamentos sin ayuda o detectar un intento de estafa o abuso económico por parte de terceros, más que quedarse en una etiqueta diagnóstica (Wood et al., 2022).

    Qué evalúa el profesional para responder a la pregunta legal

    Un marco que se usa bastante en este tipo de evaluaciones, propuesto originalmente por la American Bar Association y la American Psychological Association, describe cuatro habilidades que sostienen cualquier decisión legal o médica relevante: comprender la información relevante, apreciar cómo esa información se aplica a la propia situación, razonar comparando las opciones disponibles y comunicar una elección de forma coherente (Wood et al., 2022).

    Cada una depende de dominios cognitivos distintos: la comprensión se apoya en memoria y lenguaje; la apreciación, en funciones ejecutivas y conciencia de la propia situación; el razonamiento, en memoria de trabajo y flexibilidad cognitiva; la comunicación, en el lenguaje expresivo.

    La capacidad, además, no se trata como un todo único: alguien puede conservar plenamente la capacidad para decidir sobre su tratamiento médico y, al mismo tiempo, tener dificultades reales para administrar inversiones complejas o detectar una manipulación financiera (Wood et al., 2022).

    El informe final se escribe pensando en quien lo va a leer, que casi nunca es otro clínico. Evita la jerga técnica sin traducir, describe las capacidades que la persona conserva junto con las que perdió (para no reducirla a una sola etiqueta) y plantea, cuando corresponde, medidas graduales de apoyo antes que una incapacitación total (Arch et al., 2010; Molina, 2010).

    Deterioro cognitivo leve versus demencia: por qué esta diferencia decide el trámite

    Casi todo lo que se pide para un trámite depende de esta distinción, así que vale la pena entenderla bien (en deterioro cognitivo leve profundizamos en sus criterios y su pronóstico).

    El deterioro cognitivo leve (DCL) es relativamente frecuente: afecta a cerca del 15,6% de los adultos mayores de 50 años en el mundo (Bai et al., 2022), y su prevalencia sube con la edad, desde un 6,7% entre los 60 y 64 años hasta más del 25% después de los 80.

    Lo define un rendimiento algo más bajo de lo esperado en las pruebas, pero con la autonomía cotidiana intacta: la persona puede necesitar más notas o recordatorios, pero sigue manejando su vida sin supervisión de terceros (Junqué y Barroso, 2009).

    Dónde está la línea con la demencia

    La demencia cruza esa línea. Ahí el deterioro ya interfiere de forma directa con actividades como manejar el dinero, tomar medicamentos o desplazarse con seguridad, y por eso empieza a requerir la ayuda de un tercero (Junqué y Barroso, 2009; Bush et al., 2022).

    No es una frontera que se decida solo con un puntaje de corte en un test de tamizaje: pruebas como el MoCA o el ACE-R distinguen mejor este límite que el clásico MMSE (Breton et al., 2019), pero lo que finalmente inclina la balanza es el impacto real en la autonomía, no el número aislado.

    Y esa progresión no es automática ni uniforme: en un seguimiento de casi tres años a más de 2.900 personas con deterioro cognitivo leve, alrededor de un 13% avanzó a demencia, un 30% se mantuvo estable con DCL y cerca de la mitad dejó de cumplir los criterios (Angevaare et al., 2022).

    La edad avanzada, un menor nivel educativo y el sexo masculino aumentan el riesgo, mientras que la educación, las actividades de ocio y un mejor ingreso económico funcionan como factores protectores (Samson et al., 2022).

    Cómo es el proceso en consulta

    La evaluación suele partir con una entrevista clínica (con la persona y, cuando es posible, con algún familiar cercano que pueda aportar el antes y el después), sigue con la aplicación de pruebas estandarizadas en varias sesiones y termina en un informe escrito que traduce los resultados a la pregunta concreta del trámite.

    Conviene que lleves informes médicos previos, un listado de los medicamentos que se toman y, si existe, algún antecedente de estudios de imagen cerebral: esa información colateral es tan relevante como el propio desempeño en las pruebas.

    Sobre todo porque la falta de conciencia sobre las propias dificultades (la anosognosia) es frecuente en cuadros demenciales y puede hacer que el relato de la persona, por sí solo, se quede corto (Jarne et al., 2010; Hebben y Milberg, 2011).

    Cuándo conviene pedir esta evaluación

    Si llevas semanas dándole vueltas a esto, no estás exagerando: no toda duda familiar necesita una evaluación formal, pero hay señales concretas que sí la justifican. ¿Reconoces alguna de estas en tu situación?

    • Un trámite específico la exige o la sugiere: la municipalidad, un notario o el propio proceso judicial de interdicción la piden.
    • Alguien cercano nota errores nuevos y reiterados en el manejo del dinero, en la administración de medicamentos o al volante, no solo un olvido puntual.
    • Aparecen episodios de desorientación en lugares conocidos, o decisiones económicas que no encajan con la forma de ser habitual de la persona.
    • La familia está en desacuerdo sobre si alguien puede seguir viviendo, conduciendo o decidiendo de forma independiente, y necesita un criterio profesional objetivo para avanzar.

    Preguntas frecuentes

    ¿Necesito un abogado para pedir la interdicción por demencia, o basta con el informe psicológico?

    Necesitas un abogado. El informe neuropsicológico es una prueba central dentro del proceso, pero la solicitud se presenta ante un juzgado civil y la tramitación legal la lleva un abogado, no el psicólogo. ChileAtiende ofrece orientación jurídica gratuita para iniciar este trámite.

    ¿El certificado de lucidez y la evaluación neuropsicológica son lo mismo?

    El certificado de lucidez suele ser un resumen breve de una evaluación neuropsicológica, pedido para un trámite notarial puntual. No es exigencia legal (algunas notarías lo piden por criterio propio) y evalúa lo mismo, memoria, juicio y comprensión, pero con un alcance más acotado que un informe pericial completo.

    Si me diagnostican deterioro cognitivo leve, ¿pierdo automáticamente la licencia de conducir?

    No. El deterioro cognitivo leve no implica el retiro automático del permiso, porque la autonomía funcional suele mantenerse. Lo habitual es recomendar una reevaluación periódica y, en algunos casos, restricciones parciales (evitar de noche o en autopistas), reservando el retiro para casos de demencia más avanzada.

    ¿Qué pasa si el resultado de la evaluación es normal?

    Es un resultado frecuente y útil: descarta un deterioro objetivable y orienta la búsqueda hacia otras causas de la preocupación familiar, como el estrés, el ánimo o algún efecto de un medicamento. Un resultado normal no invalida lo que la familia percibió, solo indica que el origen probablemente está en otro lugar.

    ¿Sirve el mismo informe para varios trámites (licencia, testamento, interdicción)?

    No necesariamente. Cada trámite plantea una pregunta distinta (aptitud para conducir, capacidad para testar, capacidad para administrar bienes) y el informe debe responder a esa pregunta puntual. Es habitual que se pida una evaluación específica y actualizada para cada proceso, en vez de reutilizar un informe pensado para otro fin.

    Qué hacer si tienes este trámite por delante

    ¿Renovar una licencia, iniciar una interdicción o simplemente aclarar una duda familiar sobre la capacidad de un adulto mayor? Es normal no saber por dónde empezar cuando el trámite mezcla algo tan personal con papeleo legal.

    Lo primero es identificar qué pregunta necesita responder el trámite, porque de eso depende qué evaluación pedir y con qué informe se sustenta. En una consulta podemos revisar tu situación puntual, aplicar las pruebas que correspondan y entregarte un informe pensado para el trámite específico que tienes que resolver, no un examen genérico.

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    Referencias

    Angevaare, M. J., Vonk, J. M. J., Bertola, L., Zwan, M., Georges, J., Bäckman, L., Kramberger, M., Waldemar, G., & Visser, P. J. (2022). Predictors of incident mild cognitive impairment and its course in a diverse community-based population. Neurology, 98(1), e13-e26. https://doi.org/10.1212/WNL.0000000000013017

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    Nicolás Alcayaga, psicólogo clínico

    Sobre el autor

    Ps. Nicolás Alcayaga, Psicólogo Clínico especializado en Terapia Cognitivo-Conductual (TCC), inscrito en el Registro Nacional de Prestadores Individuales de Salud de la Superintendencia de Salud.

    Su experiencia clínica incluye el tratamiento de adicciones y la atención de pacientes en el sistema público y privado de salud en Chile. En este blog revisa la evidencia científica disponible sobre cada tema; cada artículo es un trabajo en curso que se actualiza a medida que surge nueva evidencia.

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